De acuerdo al Reglamento de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Mediación es: un proceso de intervención, no adjudicativo, en el cual un interventor o una interventora neutral (mediador o mediadora) ayuda a las personas en conflicto a lograr un acuerdo que les resulte mutuamente aceptable. En la mediación, las partes tienen potestad de decidir si se someten o no al proceso.
Misión
El Centro de Mediación de Conflictos del Recinto de Ciencias Médicas prestará a la comunidad universitaria un servicio que contribuya a la solución de conflictos en un clima participativo y democrático, transformando los mismos. El proceso de mediación se concibe como uno educativo mediante el cual las partes en conflicto puedan analizar cuáles son los orígenes del mismo y las distintas opciones para resolverlo.
Visión
El Centro de Mediación de Conflictos del RCM será un líder en la construcción de una comunidad universitaria participativa y democrática y en la formación y promoción de una cultura de paz, ambiente de armonía y colaboración.
Objetivos
(Similares a la de los Centros de Mediación de Conflicto de la Rama Judicial de Puerto Rico)
- Fomentar la participación de las personas en la búsqueda de alternativas para el manejo de controversias.
- Ayudar a las partes en controversia a llegar a acuerdos que consideren justos y razonables.
- Atender controversias en forma sencilla y rápida.
- Servir como recurso de información y orientación.
- Promover un ambiente de armonía y colaboración mediante conversatorios, talleres y campañas de concienciación.
Fundamentos que lo rigen
- El Centro de mediación es facilitador: El Centro facilita el diálogo y la comunicación entre los participantes. No toma decisiones sobre los acuerdos o arreglo a la controversia.
- Es un proceso voluntario: Las partes participan libre y voluntariamente.
- Todo lo que se discuta es confidencial.
- Imparcialidad
- Autonomía
- Busca cambiar la estructura del conflicto, visualizándolo como un proceso renovador.