Las Regulaciones del Gobierno Federal permiten:Juicio Profesional
Es una provisión en la ley que permite ajustar los componentes de los costos de estudio (COA) o ajustar los elementos de los datos para el cálculo de la Contribución Familiar Esperada (EFC). El mecanismo de “Juicio Profesional” puede incidir en aumentar la elegibilidad de un estudiante para recibir alguna ayuda económica y es aplicada caso-por-caso. Todo juicio profesional tiene que estar debidamente documentado en el expediente del estudiante.

 

“Dependency Override”
Mediante un “Dependency Overridesl”, los administradores de ayudas económicas pueden ajustar el estado de dependencia de un estudiante. Un estudiante que bajo condiciones generales no cumple con los criterios de solicitante independiente puede ser evaluado bajo dicho estatus mediante un juicio profesional. Solo se considerará independiente debido a la falta de información de sus padres y es un mecanismo que se aplica caso-por-caso.

 

Progreso Académico

Bajo la norma establecida por el Departamento de Educación Federal, todo estudiante participante de los programas de asistencia económica federal podrá recibir ayuda económica, siempre y cuando no exceda el 150% del tiempo normal requerido para el grado. Esto es un término de los créditos-grado intentados y años equivalentes estudiados, según establecido en el currículo de su programa de estudios.La Universidad de Puerto Rico acoge las disposiciones establecidas por el Gobierno Federal y establece evaluar a todo estudiante solicitante o recipiente de ayuda económica con el fin de determinar su elegibilidad para la misma.

  • Estudiantes a nivel subgraduado son evaluados por la Oficina del Registrador con el fin de determinar el cumplimiento con Progreso Académico.
  • Estudiantes a nivel graduado son evaluados por el área de asuntos académicos de cada Escuela. Las Normas de Progreso Académico de cada Escuela se encuentran en sus páginas electrónicas.

 

Revisión de Progreso Académico

Instrucciones para solicitar Revisión de Progreso Académico del estudiante no cumplir con las normas de progreso requeridas:

  • Completar y entregar la Solicitud de Revisión de Progreso Académico para Asistencia Económica en la Oficina de la Decana de Estudiantes del Recinto de Ciencias Médicas.
  • La solicitud debe ser sometida no más tarde de 10 días posterior al primer día de clases. La fecha se encuentra estipulada en el calendario académico.
  • Son permitidas únicamente las siguientes razones para evaluar una Revisión de Progreso Académico:
  • Enfermedad del estudiante y/o familiar
  • Muerte de un familiar
  • Cambios significativos en la situación financiera
  • Accidente
  • Activación en el Servicio Militar

Incluir con la solicitud una carta detallada exponiendo la razón o razones que pudieron afectar el Progreso Académico junto a evidencias que así lo comprueben tales como:

  • Certificado Médico
  • Planilla de Ingresos
  • Certificado de Defunción
  • Evidencia de Desempleo
  • Otros

El Comité de Revisión de Progreso Académico notificará por escrito la decisión. Solicitar una Prórroga Ordinaria es una alternativa para pagar la Matrícula mientras se evalúa la Solicitud de Revisión.